martes, 5 de febrero de 2013

NUEVOS NOMBRAMIENTOS DIOCESANOS

Con fechas del 4 de Febrero y 10 de Enero de los corrientes
 


DON MANUEL SÁNCHEZ MONGE, POR LA GRACIA DE DIOS Y DE LA SEDE APOSTÓLICA OBISPO DE MONDOÑEDO-FERROL,

I. Agregación de la Parroquia de Santiago de Sancobade a la U.P. Abadín-Vilalba-Xermade

"La parroquia es una determinada comunidad de fieles constituída de modo estable en la Iglesia particular, cuya cura pastoral, bajo la autoridad del Obispo diocesano, se encomienda a un párroco, como su pasotr propio". (C.I.C., c. 515&1)

En determinadas circunstancia, el cuidado pasotral de varias parroquias puede ser encomendado solidariamente a varios sacerdotes. Uno de ellos debe ser el director o moderador de la cura pastoral, que dirija la actividad conjunta y responda de ella ante el Obispo. (C.I.C. c. 517&1)

Por eso, por las presentes AGREGO, la parroquia de SANTIAGO DE SANCOBADE a la Unidad Pastoral de Abadín-Vilalba-Xermade, que atiende pastoralmente el Equipo Sacerdotal, compuesto por los sacerdotes Rvdo. D. Antonio Domínguez Martínez (Moderador), Rvdo. Sr. D. Eugenio García Amor y Rvdo. Sr. D. Cristóbal Rivas Díaz, con todas las facultades, derechos y obligaciones inherentes a dicho cargo, a tenor del vigente Código de Derecho Canónico.


II. Nombramiento de un profesor en el Seminario Menor Diocesano "Santa Catalina"

El Concilio Vaticano II dice que el Seminario debe ser considerado como "el corazón de la Diócesis" (O.T. nº 5) y que los Seminarios Menores son erigidos para "cultivar los gérmenes de la vocación" (O.T. nº 3)

Por otra parte, el vigente C.I.C. dice: "Consérvense donde existen y foméntense los Seminarios Menores". (c. 234&1)

Por todo, en virtud de mis facultades, por las presentes NOMBRO al Rvdo. Sr. D. Cristóbal Rivas Díaz como Profesor del Seminario Menor Diocesano "Santa Catalina", por un período de cinco años, con todas las facultades, derechos y deberes inherentes a dicho cargo, a tenor del vigente Código de Derecho Canónico.


III. Nombramiento de nuevos párrocos en San Bartolomé de Cadavedo, San Andrés de Loboso, San Sebastián de Carballido y Santiago de Adelán

A los párrocos, cooperadores de manera especial del Obispo, bajo la autoridad del mismo, se les encomienda, como a pastores propios, la cura de almas en una parte determinada de la Diócesis: una parroquia, que es una comunidad de fieles constituída de modo estable en la Iglesia particular. (C.I.C., c. 515)
El párroco debe cumplir, en la parroquia encomendada por el Obispo, en cuyo ministerio ha sido llamado a participar, las funciones de enseñar, santificar y regir con la ayuda de los fieles laicos, conforme a la norma del derecho (C.I.C., cc. 519-538)
Por todo ello, por las presentes NOMBRO, por un período de cinco años,
al Rvdo. Sr. D. Benedicto Palmeiro Lepina como Párroco de San Bartolomé de Cadavedo y San Andrés de Loboso;
al Rvdo. Sr. D. Fernando Monterroso Carril como Párroco de San Sebastián de Carballido
y al Rvdo. Sr. D. José Antonio Llenderrozos López como Párroco de Santiago de Adelán, con todas las facultades, derechos y obligaciones inherentes a dicho cargo, a tenor del vigente Código de Derecho Canónico.

IV. Nombramiento de un nuevo vicario parroquial en Santiago de Foz

"La parroquia es una determinada comunidad de fieles constituída de modo estable en la Iglesia particular, cuya cura pastoral, bajo la utoridad del Obispo diocesano, se encomienda a un párroco como su pastor propio" (C.I.C., c. 515&1)
Según el vigente Código de Derecho Canónico, además del párroco puede haber un vicario parroquial como cooperador del mismo y partícipe de su solicitud, que, unido al párroco por una misma voluntad y empeño, trabaje bajo su autoridad en el ministerio pastoral (C.I.C., c. 545)
Por eso, por las presentes NOMBRO al Rvdo. D. Carlos Tulio Alzate Nátera como Vicario Parroquial de Santiago de Foz, con todas las facultades, derechos y obligaciones inherentes a dicho cargo, a tenor del vigente Código de Derecho Canónico.


V. Nombramientos de nuevos miembros en el Consejo de Redacción del anuario diocesano Estudios Mindonienses.

La adecuada atención pastoral y el mejor gobierno de la Diócesis por parte del Obispo exige que, para determinados asuntos, el Obispo pueda nombrar colaboradores cualificados más cercanos que le presten su ayuda y obren de consuno con él, de modo que todo redunde en beneficio de la acción pastoral.
La Iglesia diocesana de Monoñedo-Ferrol dispone de piezas significativas del patrimonio monumental, artístico y documental que, a pesar de los avatares de la historia, ha podido conservarse gracias a la dustodia de la Iglesia durante siglos y que dan fe de la presencia milenaria del Evangelio de Jesucristo en el territorio que conforma la Diócesis de Mondoñedo-Ferrol.
Por todo ello y con el fin de divulgar y poner en valor todo ese patrimonio, por las presentes NOMBRO, por un período de cinco años,
al Muy Ilustre Sr. D. Félix Villares Mouteira
y al Muy Ilustre Sr. D. Antonio Rodríguez Basanta
como Miembros del Consejo de Redacción del Anuario Estudios Mindonienses, con todas la facultades, derechos y obligaciones inherentes a dicho cargo, a tenor del vigente Código de Derecho Canónico.
 
+Mons. Manuel Sánchez Monge
Obispo de Mondoñedo-Ferrol

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